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viernes, 28 de septiembre de 2018

Libre importación de notebooks y celulares, ¿qué cosas hay que tener en cuenta?

A través de la Resolución General 4315 donde se contempla una modificación del régimen general de equipaje, se podrá ingresar al país productos electrónicos sin pagar impuestos.
 En concreto, habla de celulares (sea cual fuere), notebooks y tablets, los cuales no tienen ningún tipo de límite de valor: puede ser el último iPhone o la notebook más cara del mercado.
Estos productos tecnológicos serán considerados a partir de hoy "de uso o consumo personal" pero hay algunos conceptos que aclarar.
Por ejemplo, que en el caso de las PC la resolución alcanza a equipos "que no requieran para su funcionamiento una fuente exterior de energía". Es decir, deja afuera a computadoras de escritorio y otros productos similares.
También vale la pena avisar que cada pasajero podrá ingresar como objeto personal un celular y una notebook o tablet. No más. 
En cuanto a productos embalados tampoco habría problemas, siempre y cuando no hayan más equipos que los requeridos, porque sino correrá la franquicia en uno de los dos. 
¿Puedo irme del país sin nada y volver con una computadora y un celular?, claro que sí. Pero, para gozar de este beneficio, no se puede salir del país con un celular y volver con dos.