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miércoles, 21 de mayo de 2014

INAES Resolución Nº 5586/2012 - RESOLUCION Nº 690

Resolución Nº 5586/2012  -  Se establece que las cooperativas y mutuales comprendidas en la Resolución UIF N° 11/2012 o en cualquier otra que la complemente o sustituya, deben presentar al INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, a través de transmisión electrónica a su sitio web: www.inaes.gob.ar, la información contenida en sus registros de asociados, con los recaudos establecidos en las Resoluciones Nros. 250/82 del ex INAC y 115/88 del ex INAM, respectivamente, a la que debe agregarse la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), la Clave Única de Identificación Laboral (CUIL) o la Clave de Identificación (CDI) de cada uno de sus asociados  

RESOLUCION Nº 690 -  EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL 
RESUELVE: 
ARTICULO 1°.- Las cooperativas y mutuales incluidas en la Resolución UIF N° 11/12 que hayan incumplido con la remisión de la información solicitada mediante las Resoluciones Nros. 5586/12 y 5588/12 INAES deben presentar dicha información en el plazo perentorio de TREINTA (30) días hábiles administrativos a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución. 16-04-2014