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sábado, 30 de agosto de 2014

Autónomos: nuevos valores desde septiembre 2014

Debido a la Ley de Movilidad Jubilatoria, elaumento en los haberes jubilatorio implica además un aumento en los valores de las categorías que mensualmente deben afrontar los trabajadores autónomos

Aunque hay que esperar a que AFIP oficialice el aumento en las categorías deautónomos, los nuevos valores serían aproximadamente para la categoría más baja a unos $599, y la más alta superará los 2.638 pesos.


Por lo tanto, una vez que la AFIP oficialice los nuevo valores para las categorías de autónomos, se estima que quedaría de la siguiente manera:

Categoría I: $ 599
  • Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros con ingresosanuales hasta $20.000.
  • Comerciantes con sumas de hasta $25.000 por año.
  • Aquellos que adhieran voluntariamente al sistema previsional (religiosos, directivos de cooperativas que no perciben retribución, amas de casaprofesionales o personas que aportan a cajas especiales, titulares de condominios sin tareas de dirección).
Categoría II: $ 839 
  • Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros que superen como ganancias anuales los 20.000 pesos.
  • Comerciantes que superen los $25.000 anuales.
Categoría III: $ 1.199 
  • Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo, con rentas por año inferiores o iguales a 15.000 pesos.
Categoría IV: $ 1.918
  • Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos entre $15.001 y $30.000,inclusive.
Categoría V: $ 2.638 
  • Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con entradas superiores a los 30.000 pesos.