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domingo, 28 de octubre de 2018

¿Qué es una Sociedad por Acciones Simplificada?

Es un tipo societario establecido por la Ley de Apoyo al Capital Emprendedor que tiene como objetivo principal propiciar la actividad emprendedora y de generación de capital en el país, así como su expansión internacional.
Los requisitos para su constitución se encuentran detallados en la mencionada ley y en las reglamentaciones complementarias que dicten los correspondientes organismos.

¿Cuáles son los beneficios?

Beneficios
La Sociedad por Acciones Simplificada es un nuevo tipo societario que permite constituir una sociedad de manera más rápida y simple a menor costo, te contamos los beneficios:
  • Es rápido, porque la inscripción podés realizarla en sólo 24 horas utilizando el Estatuto Modelo, desde el día hábil siguiente al de la presentación de la documentación correspondiente en el Registro Público. (Ley 27349, art. 38).
  • Es simple y tiene menor costo que las tradicionales figuras jurídicas como las Sociedades Anónimas (SA) y las Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) porque podés constituirla con el estatuto modelo.
  • El estatuto puede estar firmado digitalmente.
  • Tiene un capital mínimo de dos salarios mínimos vitales y móviles.
  • Puede ser unipersonal y no requieren un número máximo de integrantes, es decir, no necesitás un socio para constituirla.
  • Junto con la inscripción, obtenés la CUIT de forma automática.
  • Tendrás los registros societarios y contables en formato digital.

¿Cómo deben realizar la solicitud de inscripción?

Solicitudes de inscripción
  • Domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
La solicitud de inscripción de las Sociedades por Acciones Simplificadas con domicilio legal en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se realiza ante la Inspección General de Justicia (IGJ) a través de un formulario disponible en la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) con la CUIT, CUIL o CDI del responsable (representante legal o sujeto autorizado) y la clave fiscal nivel de seguridad 2 o superior.
Será la IGJ quien comunicará al solicitante la CUIT otorgada por AFIP y la finalización del trámite de inscripción, mediante el mismo servicio "web" utilizado para la inscripción.
Finalmente, mediante el servicio TAD y con el número de trámite asignado, podrás realizar el seguimiento y consultar el estado de la solicitud o los motivos de rechazo.
  • Domicilio legal en la Provincia de Buenos Aires
Las solicitudes de inscripción de las Sociedades por Acciones Simplificadas con domicilio legal en la jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, se realizarán ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires a través del formulario disponible en un servicio web de la plataforma de Trámites a Distancia –TAD- del Sistema de Gestión Documental Electrónica de la Provincia de Buenos Aires –GDEBA-, a cuyo efecto el responsable, representante legal o sujeto autorizado, accederá con CUIT/CUIL/CDI y su clave fiscal habilitada con nivel de seguridad 2 o superior.
Importante: para ambos casos, sea el domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en la Provincia de Buenos Aires, en el formulario disponible en la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) se consignará la información de la sociedad en formación, de los socios que la integrarán, la adhesión al Domicilio Fiscal Electrónico y la designación de un Administrador de Relaciones. La veracidad de los datos que se ingresen será responsabilidad del contribuyente o responsable. No obstante, ciertos campos se completarán en forma automática con los datos obrantes en la base de datos de esta Administración Federal y determinada información será validada en tiempo real.
  • Domicilio legal en la Provincia de Córdoba
Las solicitudes de inscripción de las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), con domicilio legal en la jurisdicción de la Provincia de Córdoba, se realizarán ante la Inspección General de Justicia (IGJ) a través un formulario disponible en el servicio "Ciudadano Digital", disponible en https://cidi.cba.gov.ar, con la CUIT, CUIL o CDI y la clave fiscal, nivel con nivel de seguridad 3 o superior, del responsable (representante legal o sujeto autorizado).
En dicho formulario se consignará la información de la sociedad en formación, de los socios que la integrarán, la adhesión al Domicilio Fiscal Electrónico y la designación de un Administrador de Relaciones (AR).
La IGJ remitirá la solicitud a la AFIP quien, de corresponder, generará la CUIT y habilitará el servicio "Domicilio Fiscal Electrónico". Asimismo, informará a la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas de la provincia de Córdoba la CUIT asignada para que sea comunicada al solicitante junto con la finalización del trámite de inscripción.