Impuesto a las ganancias
Nuevas tasas
Se establece que la tasa del impuesto a las ganancias para las sociedades de capital -incluidas las SAU y las SAS- y los establecimientos permanentes será del 30% para los ejercicios que se inicien a partir del 1/1/2018 hasta el 31/12/2019, y se reducirá al 25% para los ejercicios posteriores. También se gravan los dividendos que distribuyan los citados sujetos con una alícuota del 7% o del 13% para los períodos citados, respectivamente.
Deducción especial. Incremento para autónomos
Se incrementa al doble la deducción especial para los sujetos autónomos que desarrollen una actividad independiente.
Precios de transferencia
En materia de precios de transferencia, se define qué se entiende por establecimiento permanente, la atribución de sus ingresos, y se establece el control de importaciones y exportaciones de cualquier mercadería con intervención de un intermediario internacional.
Impuesto de igualación
Se deja sin efecto el impuesto de igualación para las nuevas utilidades que se generen a partir de las presentes modificaciones -establecido por el art. 69.1 de la ley del gravamen-.
Inmuebles
Se establece un impuesto del 15% aplicable al resultado obtenido por la venta de inmuebles por parte de personas humanas, que reemplazará el impuesto a la transferencia de inmuebles para aquellos inmuebles enajenados que se hubieran adquirido a partir del 1/1/2018.