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lunes, 2 de mayo de 2011

Tramites Transferencia Automotor - Como es el tramite en el Registro de Propiedad y en Rentas

¿Qué debo hacer cuando vendo un vehículo de mi propiedad?

Tramites a realizar en el Registro de Propiedad Automotor

- Confeccionar el boleto de compra venta, donde se encuentra perfectamente identificado el comprador con certificación de firmas por Escribano Publico

- Concurrir con el comprador al Registro de la Propiedad del Automotor a fin de firmar los formularios 08 y "concretar" la transferencia de titularidad del vehículo SIN DEUDA DE PATENTES, dentro de los 30 dias de haber efectuado la venta de dicho vehículo (30 dias a contar desde la fecha del boleto de venta).

- Solicitar el Informe de Dominio (formulario 02) contendiendo los siguientes datos: todos los titulares, numero de documento de cada uno (en caso de empresa numero de CUIT), domicilios correspondientes, localidad y fechas de cada una de las transferencias desde su inscripción inicial.

- En caso de no haber concretado la transferencia del vehículo, debera realizar la Denuncia de Venta ( Formulario F11) dentro de los 90 dias de realizada la venta del automotor.

Tramites ante la Direccion General de Rentas

EN CASO DE NO HABER CONCRETADO LA TRANSFERENCIA: Comunicar a la Direccion General de Rentas dentro de los 90 dias de la enajenación del vehículo, presentando: FORMULARIO DENUNCIA DE VENTA (RNPA Formulario Nro 11)

- Original
- Fotocopia

Boleto de venta o documento equivalente suscripto por el comprador con firma certificada por Escribano Publico

REQUISITOS PARA LA PERSONA QUE REALICE LA PRESENTACION (TITULAR O APODERADO):

- Documento de Identidad (D.N.I, L.E, L.C o C.I)

En caso de presentacion por tercera persona, indistintamente:

- Poder suscripto por Escribano Publico-
- Original
- Fotocopia
- Autorización del Titular con certificación de su firma en original
- Fotocopia del D.N.I , L.E, L.C o C.I del titular del vehículo (los terceros autorizados podran presentar un unico tramite dentro del año calendario, siendo la limitacion por persona y sin excepcion. VER NOTA AL PIE DEL FORMULARIO.

Nota: Las certificaciones de firma deberán ser realizadas por Escribano Público (con firma certificada por respectivo Colegio de Escribanos), autoridad judicial o entidad bancaria.

Nota: Para el caso de entrega del vehículo como parte de pago en concesionaria, agencia, etc. actuar de la misma manera debiendo accionarse contra la concesionaria, agencia, etc. que corresponda.

IMPORTANTE: La responsabilidad Tributaria del gravamen de patentes sobre vehículos en general del propietario se extiende por todo el período en que se conserva la titularidad del bien, resultando el POSEEDOR a título del dueño (comprador que no realizó la transferencia a su nombre) obligado solidariamente con el PROPIETARIO.

TRANSFERENCIA EN RENTAS


Como sabemos hay impuestos nacionales, provinciales y municipales. El impuesto al automotor en ciertas provincias (Ej. Misiones, Corrientes, Chaco, Jujuy, etc.) es un impuesto Municipal, por lo cual cada municipio dentro de la Provincia se encarga de dar de alta, de baja y cobrar los impuestos de los vehículos que se radiquen en su municipio. En otras Provincias (Ej. Buenos Aires, Córdoba, capital federal) este impuesto es provincial, por lo que se lo puede tramitar en cualquier delegación de la DGR Provincial.

LA BAJA EN LAS MUNICIPALIDADES


Para que la municipalidad otorgue la baja del automotor, es necesario (1) estar al día en el pago del impuesto al automotor al momento de la solicitud (2) no tener infracciones de tránsito pendientes (3) presentar fotocopia del título (4) pagar el costo de la baja (varía según el municipio).

Uno se presenta en la municipalidad con el título, ellos le dan un estado de deuda y una boleta de depósito por el total de la deuda y otra boleta por el importe de la baja, se paga y en el momento le dan la baja.