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lunes, 5 de agosto de 2013

Tramitar la devolución del 15% a los que no pagan Ganancias. Formulario online para reclamar devolución del 15% por compras al exterior

Trámite:

La modalidad del trámite es ingresando a la Web de AFIP, deben ingresar en el apartado “Devoluciones web”.
Al ser contribuyente, uno tiene que tener la clave fiscal –que en caso de no tenerla la deben tramitar-, además del número de CUIT o CUIL, junto a una cuenta bancaria, la que servirá para recibir el monto de la devolución del 15%.

Otro de los requisitos a cumplir es el de registrar una foto, la firma y huella dactilar todo esto de quién debe recibir la devolución y titular de la cuenta, ya que así lo fija la Resolución General 3420 recientemente publicada.
AFIP, señala que el contribuyente, tiene la posibilidad de seguir en el sistema el total de las percepciones que les han sido realizadas por las compras en moneda extranjera, pudiendo seleccionar con el fin desolicitar la devolución del 15%. Además AFIP advierte que si la información que figura en el sistema es diferente a la información real, por ejemplo podrá incluirse las percepciones que pudieran faltar.
Tal como señala la resolución para “Todos los casos, se deberá disponer del extracto bancario, resumen y/o liquidación de la tarjeta de que se trate, en la cual conste la percepción que se está informando y, en su caso, la fecha del comprobante”. Ante la entrega de datos, AFIP indica que pasarán algunos días con el fin de aprobar la transacción de devolución.
Si efectivamente AFIP aprueba la devolución del 15%, pasará a girar los fondos de forma directa vía el CBU de la cuenta bancaria que debe tener el contribuyente. En caso de producirse un rechazo de la devolución, deberá iniciar otro trámite que será en concepto de reclamo por el rechazo a la devolución.
Fuente: Infobae