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miércoles, 13 de noviembre de 2013

Modifican los controles en compra de autos


La Dirección de Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (DRNPA) introdujo modificaciones en los mecanismos de control de la compra venta de vehículos, de conformidad con lo dispuesto por la Unidad de Información Financiera (UIF).


Mediante la disposición 446, publicada este lunes en el Boletín Oficial, la DRNPA ajustó los procedimientos, a los efectos del combate al encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo.

La medida modifica las definiciones de "cliente" y "automotores", que quedarán sujetos a los controles respectivos, y los requisitos que se deben solicitar a otros Sujetos Obligados.

De acuerdo con la disposición, quedan alcanzadas las personas físicas o jurídicas que realizan trámites "en nombre propio o en cuyo beneficio o nombre se realizan trámites, ante los Registros Seccionales de inscripción inicial, transferencia, constitución y cancelación anticipada de prenda, ya sea una vez, ocasionalmente o de manera habitual".

La medida se refiere a las operaciones relacionados con motovehículos de 2, 3 o 4 ruedas, de 300 centímetros cúbicos de cilindrada o más, automóviles, camiones, ómnibus, microómnibus, tractores, maquinaria agrícola y vial autopropulsados.

En el caso de prendas, la disposición abarca tanto a esos vehículos como a los bienes muebles registrables. Quedan comprendidas en esos conceptos "las simples asociaciones del artículo 46 del Código Civil y otros entes a los cuales las leyes especiales les acuerden el tratamiento de sujetos de derecho", agrega la norma.

En el caso de operaciones realizadas por otros Sujetos Obligados, se les deberá solicitar una declaración jurada sobre el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de prevención del lavado de activos y la financiación del terrorismo, junto con la correspondiente constancia de inscripción en la UIF.Para las operaciones por más de 350 mil pesos se mantiene la obligación de los encargados de Registro de definir un "perfil del usuario", basado en la información y documentación relativa a la situación económica, patrimonial, financiera y tributaria, para lo cual se requerirá documentación respaldatoria o información que acredite el origen de los fondos.

También deberán tenerse en cuenta el monto, tipo, naturaleza y frecuencia de las operaciones que realiza el usuario, así como el origen y destino de los recursos involucrados en su operatoria.

Esos requisitos se aplicarán además cuando se haya podido determinar trámites "simultáneos o sucesivos en cabeza de un titular, que individualmente no alcanzan el monto mínimo establecido, pero que en su conjunto lo excede".

Tales controles adicionales se limitaban hasta ahora a autos, camionetas y motos, sin especificar, pero ahora se determinan para "motovehículos de 2, 3 ó 4 ruedas de 300 cc. de cilindrada o superior; coupé; microcoupé; sedán de 2, 3, 4 ó 5 puertas; rural de 2, 3, 4 ó 5 puertas; descapotable; convertible; limusina; todo terreno; familiar y pick up".

La disposición de la DRNPA incluye por último una nueva "Guía de transacciones inusuales o sospechosas de lavado de activos y financiación del terrorismo y otras pautas de control".