Se tiene que analizar tres puntos claves para saber si se puede optar:
Una vez analizado los puntos anteriores, me fijo de optar entre factura electrónica o controlador fiscal o ambas en forma conjunta, sin necesidad de informar previamente a la AFIP el ejercicio de dicha opción y en la medida que cuente con una conectividad a “Internet” que permita asegurar la emisión (en línea) de los comprobantes.
Los monotributistas sociales están excluidos de esta obligación. Pueden optar, pero si no quieren hacer uso de la factura electrónica, pueden seguir emitiendo factura manual.
Todas las categorías del monotributo podrán emitir factura manual solo cuando no se pueda generar el comprobante electrónico, es decir, que la factura manual será solo de resguardo.