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martes, 20 de octubre de 2015

Crean un Monotributo Laboral Para Blanquear Empleo en Pequeñas Empresas

El Gobierno lanzará en los próximos días un régimen especial para facilitar la registración de trabajo en pequeñas empresas, con una dotación de personal de hasta cinco trabajadores.

La intención oficial es simplificar el trámite con el pago de un único impuesto (como el Monotributo para cuentapropistas) que incluya todas las cargas sociales.

El importe que pagarán las empresas estará asociado a su tamaño y sector, pero no afectará los derechos de los trabajadores, que gozarán de las mismas prestaciones en las obras sociales y para las jubilaciones. La norma la impulsa Trabajo con acuerdo gremial y de los empresarios pymes.

La cartera de Carlos Tomada y la AFIP ultiman los detalles de la implementación para los incentivos que forman parte de la ofensiva contra el trabajo ilegal. Los empleadores Pyme no ocultaron sus expectativas con respecto a este régimen como también su beneplácito por integrar la mesa de análisis de la cuestión junto a funcionarios del Ejecutivo y la dirigencia de la CGT que lidera Antonio Caló y la CTA de Hugo Yasky.

“Este pago único tendrá en cuenta la menor escala y productividad general de las empresas” anticipó el Ministerio de Trabajo al matutino BAE. También explicitó que el “pago único” completará el proceso de simplificación de las operaciones administrativas para la contratación de personal. Además se creará un área de servicio de asistencia técnica para “los micro y pequeños emprendedores que fomente y asesore en temas de registración y otros beneficios. Fuentes del Ejecutivo ratificaron que la dinámica del denominado “Plan Integral de Combate al Trabajo No Registrado” continuará dentro de diez días.

Desde la Central de Entidades Empresarias Nacionales (CEEN), que integra la Confederación General Económica y participa de la comisión de Empleo en Trabajo su titular Juan Angel Ciolli consideró que “la apertura de un capítulo especial sobre los incentivos es altamente positivo”. Ciolli realzó también que la apertura de conversaciones sobre la problemática de las pyme es un aliento a su sector. “No se trata de una batería de medidas inconsultas o perversas. Está considerada la factibilidad de las pequeñas y medianas empresas para registrar a lostrabajadores y un cuidado especial para que esas compañías no pierdan rentabilidad”, destacó el titular de la CEEN.

Con un análisis similar desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) el vocero Vicente Laurens trazó un paralelo entre los incentivos anunciados para las pymes y la promoción sobre nuevos empleos que se viene prorrogando desde 2008. Ese esquema contempla que si un empleador cuenta con diez trabajadores registrados y evalúa tomar un empleado más, sobre ese trabajador el primer año se pagará el 50% de las contribuciones patronales, para el segundo año la merma se reduce al 25%. A criterio de las autoridades de CAME los beneficios en esta tónica “alientan sobremanera la generación de nuevos puestos de trabajo” comentó Laurens.

Fuente: iprofesional.com

lunes, 2 de mayo de 2011

Sistema de Regularizacion de la Inscripcion Inicial de los Motovehiculos Usados - NO REGISTRADOS-

Motovehículos comprendidos


Fecha fabricación o importación Cilindradas

* Hasta 31 de Diciembre de 1989 ..............................Todas las cilindradas

* Hasta 31 de Diciembre de 2000................................Hasta 250 cm3

* * Hasta 31 de Diciembre de 2007.............................Hasta 150 cm3

[*] Modificado por Disposición DN 694 de 2010.

Lugar de presentación del trámite

Registro Seccional con competencia en Motovehículos que le corresponde según su domicilio.

Formularios Requeridos para la presentación:

Solicitud Tipo “01”:- La entrega el concesionario al momento de la venta

Solicitud Tipo “05”.- Se adquiere en el Registro Seccional

DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR

Documentación Personal en original más una copia, se debe presentar, según el caso:

 Para los argentinos nativos o naturalizados: Documento Nacional de Identidad (D.N.I.), Libreta de Enrolamiento (L.E.) o Libreta Cívica (L.C.), no admitiéndose Cédula de Identidad.

 Para los extranjeros sin residencia permanente en el país: Pasaporte

 Para los extranjeros con residencia permanente en el país: Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) o Cédula de Identidad (C.I.) Argentina.

 Para los extranjeros de países limítrofes: Documento Nacional de Identidad (D.N.I.), Cédula de Identidad (C.I.) Argentina, Cédula de Identidad (C.I.) del país de origen o pasaporte.

Documentación que acredita el origen del motovehículo:

Si usted tiene toda la documentación a saber:

 Solicitud Tipo “01”,

 Certificado de Importación o Fabricación

 Factura de compra de la unidad, deberá presentar la totalidad de ellas.

Si no, podrá presentar alternativamente cualquiera de los siguientes instrumentos a saber:

 Comprobante de pago del impuesto a la radicación de automotores emitido a nombre del solicitante o certificación de esa circunstancia o de la baja expedida por la autoridad de esa jurisdicción. Si esa documentación no estuviera a nombre del solicitante, se deberá acompañar el o los recibos o boleto de compraventa que acrediten las sucesivas ventas.

 Factura o recibo de compra original del fabricante, importador, concesionario o comerciante del ramo, siempre que se trate de motovehículos fabricados o ingresados al país hasta el año 1989 cualquiera fuere su cilindrada, o de motovehículos de hasta 250 cm3 inclusive de cilindrada fabricados o ingresados al país antes del 31 de Diciembre de 2000, o de motovehículos de hasta 150 cm3 inclusive de cilindrada fabricados o ingresados al país hasta el año 2007 inclusive. Si la factura no estuviera a nombre del solicitante deberá acompañarse el o los recibos o boleto de compraventa que acrediten las sucesivas ventas ı Certificado de fabricación o de nacionalización, según se tratare de un motovehículo nacional o importado.

 En caso de no poseer ninguno de los instrumentos mencionados se deberá presentar una declaración jurada avalada por DOS (2) testigos, formalizada por escritura pública o ante el Registro Seccional interviniente, en la que se precise el origen del motovehículo y se indicará expresamente de quién y en qué fecha fue adquirido y los motivos por los cuales no se presenta la

documentación de origen o de adquisición del motovehículo, acompañando la que tuviere en su poder.

Se deberá presentar además:

 Verificación física especial del motovehículo practicada por la planta habilitada, en la que se dejará expresamente constancia, de ser ello posible, sobre el año de fabricación del mismo y su cilindrada.

 UNA (1) fotografía color, de la que surjan claramente las características físicas del motovehículo verificado que permitan determinar su cilindrada. La fotografía deberá encontrarse visada por la planta interviniente, quien deberá asimismo consignar en el dorso de la fotografía el número de control de la Solicitud Tipo presentada.

 Declaración jurada del peticionario con su firma certificada mediante la cual asuma la responsabilidad civil y penal respecto de la autenticidad de la documentación acompañada.

ARANCELES

Los motovehículos de hasta 150 cm3 de cilindrada fabricados o importados hasta el 31 de diciembre de 2007 gozan de beneficios arancelarios.