Los bancos públicos y privados de todo el país deberán informar desde
mañana a la Unidad de Información Financiera (UIF) sobre los clientes
que depositen sumas mayores a 40.000 pesos para detectar posibles
maniobras de lavado de dinero.
Se trata de otra medida que apunta a cumplir con los requerimientos del
Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) para la lucha contra el
lavado de dinero.
La Unidad de Información Financiera y el Banco Central establecieron
que, desde este martes 23, los bancos deberán informar al Gobierno los
depósitos superiores a los 40.000 pesos.
Además, deberán realizar un perfil completo -más detallado que los
actuales- de sus clientes habituales, según lo dispone la resolución 121
publicada el viernes en el Boletín Oficial.
La normativa apunta a unificar el criterio para controlar el sistema
financiero en materia de lavado de dinero, que era compartido por la UIF
y el Banco Central.
La misma derogó la resolución 37, emitida en febrero por la UIF, que
disponía una serie de controles sobre los clientes con operaciones
anuales de más de $ 500.000.
Los bancos deben requerir a sus clientes elementos de identificación,
como el Documento Nacional de Identidad, y otros que permitan construir
su perfil.
La entidad verificará que el cliente "no se encuentre incluido en los listados de terroristas y/u organizaciones terroristas".
En el caso de los clientes ocasionales, el banco pedirá elementos de
identificación de la persona o la empresa y dos declaraciones juradas.
Una declaración deberá indicar estado civil, profesión, oficio,
industria o actividad principal, y la otra señalará "expresamente si
reviste la calidad de Persona Expuesta Políticamente" (PEP).
Estas son aquellas personas que, por su función, revisten un control
excepcional, como los jueces, políticos, sindicalistas o dirigentes
empresarios.
La resolución también establece que los bancos deberán tener esa información a disposición de la UIF en un sistema on line.
Además, deberán denunciar aquellos Reportes de Operaciones Sospechosas
(ROS), es decir, aquellas que involucren "montos inusualmente elevados,
la complejidad y las modalidades no habituales de las operaciones" o
aquellas que tengan incorporan "paraísos fiscales" o países
identificados como no cooperativos por el GAFI.