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lunes, 19 de agosto de 2013

DOCUMENTACION A EXHIBIR EN LOCALES COMERCIALES

El siguiente es un listado por organismo de los carteles y documentación que se debe exhibirse en los locales comerciales. 
En el Orden Nacional AFIP

1. F. 960 Data Fiscal,  el mismo reemplaza la obligación de exhibir:
a. “Reempadronamiento de Controladores Fiscales”. Dicha constancia se archivará en el Libro Único de Registro del Controlador Fiscal.
b. Constancias generadas mediante el servicio "Gestión de Controladores Fiscales".
c. Placa indicativa de su condición de pequeño contribuyente y de la categoría en la cual se encuentra adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).
d. Comprobante de pago correspondiente al último mes vencido del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo)
Pueden leer más sobre los detalles del F. 960 Data Fiscal desde  esta nota ACA.
2. Constancia de aceptación en el Registro, en caso de ser Imprentas o importadores de comprobantes.
3. Los exceptuados a la instalación de controladores fiscales deberán por cada punto de venta que resulte exceptuado del uso del controlador fiscal exhibir el F. 445/J intervenido por la AFIP (Art. 2, RG AFIP 1171/01)
4. En caso de ser monotributistas además deberán exhibir el Formulario 445/B, en caso de poseer máquina registradora (anteriores al controlador/impresora fiscal).
5. En caso de que haya empleados en relación de dependencia en el local deberán agregar:
- Cartel informativo de la ART
- Planilla de horario de los empleados (Ley 11544).
6. Facturas manuales con CAI no vencido. Si bien no debe exhibirse al publico, si serán requeridas en caso de que haya una inspección en el local. Recuerden que en las mismas debe constar el número de teléfono gratuito del departamento de orientación al consumidor u organismo que lo reemplace. Y en CABA deberá contener la leyenda “Los cambios se efectúan en los mismos días y horarios en los que el comercio atienda al público para ventas”.

En el Orden provincial
  1. Constancia de Inscripción en la DGR
  2. Constancia de SIFCOS vigente
En el Orden Municipal:
  1. Constancia de Inscripción en Municipalidad: Form. FU
  2. Constancia de Habilitación de Local