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jueves, 12 de septiembre de 2013

Monotributo: modificaciones a partir de septiembre

EL RÉGIMEN DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS TENDRÁ UN LÍMITE DE FACTURACIÓN DE $400 MIL. EN EL CASO DE SERVICIOS PARA LA VENTA DE BIENES MUEBLES, PASARÁ A 600 MIL. RIGE DESDE EL 1 DE SEPTIEMBRE.


El titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, precisó que el límite de facturación para los monotributistas del sector servicios pasa de 200 mil a 400 mil pesos, mientras que para la transacción de bienes muebles, sube de 300 mil a 600 mil pesos.

¿Cómo queda la tabla de escalas?


Ahora la categoría B, la más baja desde que se unificó con la A en 2010, será para quienes facturen hasta $ 48.000 pesos; la C hasta $72.000; la D hasta $96.000; la E hasta $144.000; la F hasta $192.000; la G hasta $240.000; la H hasta $288.000 y la I hasta $400.000. Para las últimas tres categorías -referidas a la producción de bienes- los topes pasan a $470.000 para la J; a $540.000 para la K; y a $ 600.000 pata la L.



Recategorización


Echegaray agregó que  “todos aquellos que tengan que recategorizarse deben tener en cuenta estos parámetros”.

Registro Nacional de Efectores

Se fija en $ 48.000 los ingresos brutos anuales máximos de los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), a los fines de su encuadramiento en elRegistro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social

Asociados cooperativas de trabajo 

Los pequeños contribuyentes, personas físicas y los "Proyectos Productivos o de Servicios" integrados con hasta 3 personas físicas, (Artículo 52 del Decreto 1/ 2010), podrán gozar de los beneficios previstos en dicha norma, siempre que sus ingresos brutos devengados anuales no superen la suma que, de acuerdo con la cantidad de sus integrantes, se indica a continuación:
  • De tratarse de 2 integrantes: $ 96.000
  • De tratarse de 3 integrantes: $ 144.000

Los montos a pagar no se modifican


Según informó hoy Echegaray los importes a pagar por cada categoría no se modifican. Tanto el componente impositivo, como los previsionales y de obra social seguirán como hasta ahora.



La caracterización es un trámite cuatrimestral, que tiene vencimiento el día 20 de los meses de enero, mayo y septiembre. Pero por esta vez, y dados los cambios dispuestos por la resolución 3529, se resolvió dar 10 días más de plazo.