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jueves, 8 de agosto de 2013

Impuesto a las Ganancias: Categorías

El Impuesto a las Ganancias ofrece mucha polémica en cuanto a si es justo o no tributar por ejemplo por los salarios o si no es una injustcia que ciertos los jubilados pero más allá de eso y de los actuales pedidos de eximir el pago del medio aguinaldo del Impuesto a las Ganancias lo mejor es repasar las Categorías que componen Ganancias. Una de las novedades en el año es el aumento del piso del Mínimo No Imponible y si bien el Gobierno Nacional lo lanzó como el gran anuncio de 2013, al haber elevado en un 20% el mínimo no imponible de Ganancias, y permitir que los trabajadores solteros y casados con 2 hijos eviten tributar, todavía hay mucho por hacer en cuanto a Ganancias.
Las rentas se dividen en cuatro categorías, cada una de las que tienen diferentes tipos de deducciones y formas de calcular este tributo:
PRIMERA CATEGORIA -Rentas del suelo-se trata de rentas obtenidas por la locación de inmuebles urbanos y rurales. Tributan por el sistema de lo devengado.
SEGUNDA CATEGORIA –Renta de capitales-: se trata de rentas originadas por la imposición de capitales, tales como acciones, intereses, transferencia de llaves de negocio y otros intangibles, dividendos y utilidades, etcétera. Tributan por el sistema de lo percibido.
TERCERA CATEGORIA –Renta de las empresas y ciertos auxiliares de comercio-: Se trata de rentas obtenidas por las empresas, comisionistas, rematadores, consignatarios y otros auxiliares del comercio, ciertos fideicomisos y otras rentas que no puedan encuadrarse en las restantes. Tributan por el sistema de lo devengado.
CUARTA CATEGORIA -Renta del trabajo personal-: Se trata de rentas obtenidas por el desempeño de cargos públicos, el trabajo en relación de dependencia, seguros de retiro privado y jubilaciones, servicios personales de los socios de cooperativas, el ejercicio de profesiones liberales, dirección y sindicatura de empresas y las actividades de viajante de comercio y despachante de aduanas, Tributan por el sistema de lo percibido.
Diferencia fundamental entre las categorías:
La primera, segunda y cuarta categoría tributan por lo que se denomina teoría de la fuente, es decir incluye todos aquellos enriquecimientos de una periodicidad que implique la permanencia de la fuente que los produce y su habilitación.
La tercera categoría tributa por la teoría del balance, es decir por todas las ganancias obtenidas que cumplan o no las otras condiciones.