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jueves, 13 de septiembre de 2018

Llega el blanqueo automotor. cédula provisoria para los autos y las motos

El 8 de octubre comenzará la posibilidad de formalizar un auto sin papelesEn el caso de quienes tengan en su poder un auto o una moto, pero no cuenten con el 08 firmado para inscribir la transferencia a su nombre podrán presentarse ante el registro del automotor donde se encuentra radicado el mismo y denunciar la situación (denuncia de compra o posesión). El trámite puede iniciarse digitalmente en www.dnrpa.gov.ar. Allí se sacará turno y se presentará una verificación policial y la documentación requerida (título y cédula o denuncia, manifestación de extravío, constancia de no registrar deudas del impuesto a la radicación de los automotores, una declaración
jurada donde se detallen las circunstancias donde adquirió el automotor, todo elemento que acredite la adquisición, un formulario 08 digital con la firma de la parte compradora). Este trámite puede hacerse además personalmente en el registro o a través de un mandatario matriculado. Verificado todo en el registro, se enviará por correo electrónico una constancia electrónica de posesión (CEP), una certificación que da fecha cierta a la posesión y permitirá contar con una prueba central ante un posible juicio de usurpación. Se emitirá una cédula con vigencia de un año que no podrán usar terceros, se comunicará la inscripción a los órganos fiscales y enviará una carta documento o mail a fin de notificar al titular registral del trámite inscripto para que firme el 08 o se oponga. Si este firma, se procederá con la transferencia. A la hora de renovar la cédula provisoria deberá presentarse otra verificación.

En caso de contar solo con una denuncia de venta previa, se realizará automáticamente una transferencia ordinaria si el titular registral hubiese hecho en forma previa una denuncia de venta declarando como comprador al que ahora presenta una denuncia de compra o posesión. 
En tanto, se hará una transferencia condicional, si el titular registral hubiese hecho en forma previa una denuncia de venta declarando como comprador a una persona distinta de la que ahora presenta una denuncia de compra o posesión, y si no existiesen impedimentos para transferir se inscribirá la transferencia con carácter condicional por el plazo de 24 meses. Vencidos ese plazo quedará firme.