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martes, 29 de octubre de 2019

¿Qué actividades no pueden incluirse en el Monotributo?

Encontramos en la legislación que resulta incompatible la condición de pequeño contribuyente con el desarrollo de alguna actividad, por la cual se conserve el carácter de responsable inscripto en el impuesto al valor agregado.
Tampoco se permiten las siguientes actividades para el Monotributo:
  • Cargos públicos.
  • Trabajos ejecutados en relación de dependencia.
  • Jubilaciones, pensiones o retiros correspondientes a alguno de los regímenes nacionales o provinciales.
  • El ejercicio de la dirección, administración y/o conducción de sociedades.
  • Las prestaciones e inversiones financieras.
  • Compra venta de valores mobiliarios.
  • Venta de inmuebles.
  • Cesión de intangibles.