Google+
Mostrando entradas con la etiqueta aumentos. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta aumentos. Mostrar todas las entradas

domingo, 24 de agosto de 2014

Monotributistas: aumentan los aportes para obra social y jubilación

La AFIP fijó nuevos importes para el Régimen simplificado para pequeños contribuyentes y para el Régimen especial de contrato de trabajo para el personal de casas particulares

MONOTRIBUTISTAS
Los monotributistas pagarán $ 233 destinados al Sistema Nacional del Seguro de Salud y $ 116,50 con destino al Régimen Nacional de Obras Sociales.
Textual
Artículo 1° - Fíjase el valor de la cotización con destino al Sistema Nacional del Seguro de Salud, prevista en el inciso b) del Artículo 39 del Anexo de la Ley Nº 24.977, sus modificaciones y complementarias, en la suma de $ 233.
Art. 2° - Fíjase el valor de la cotización con destino al Régimen Nacional de Obras Sociales, previsto en el inciso c) del Artículo 39 del Anexo de la Ley Nº 24.977, sus modificaciones y complementarias, en la suma de $ 233.
Art. 3° - Sustitúyense en la tabla del Artículo 30 de la Resolución General Nº 2.746 y sus modificatorias, los importes "$ 146" y "$ 73" por los importes "$ 233" y "$ 116,50", respectivamente.

PERSONAL DE CASAS PARTICULARES

Valores correspondientes al aporte destinado al Sistema Nacional del Seguro de Salud
Por cada trabajador activo:
1. Mayor de 18 años:
  • Menos de 12 horas trabajadas semanalmente, importe a pagar $ 31 (aportes $ 19, contribuciones $ 12)
  • Desde 12 a menos de 16 horas trabajadas semanalmente, $ 59 (aportes $ 35, contribuciones $ 24)
  • 16 o más horas trabajadas, importe a pagar $ 268 (aportes $ 233, contribuciones $ 35)
2. Menor de 18 años pero mayor de 16 años:
  • Menos de 12 horas trabajadas, importe a pagar $ 19 (aportes)
  • Desde 12 a menos de 16 horas trabajadas, importe a pagar $ 35 (aportes)
  • 16 o más horas trabajadas, importe a pagar $ 233 (aportes)
El diez por ciento de los aportes previstos "se destinará al Fondo Solidario de Redistribución".
Por cada trabajador jubilado:
  • Menos de 12 horas trabajadas, importe a pagar $ 12 (contribuciones)
  • Desde 12 a menos de 16 horas trabajadas, importe a pagar $ 24 (contribuciones)
  • 16 o más horas trabajadas, importe a pagar $ 35 (contribuciones)
Los aportes son destinados al Sistema Nacional del Seguro de Salud; mientras que las contribuciones son destinadas al Sistema Integrado Previsional Argentino.

sábado, 2 de noviembre de 2013

MONOTRIBUTO: AUMENTA LA CUOTA A PARTIR DE NOVIEMBRE 2013

A partir del 1º de Noviembre, aumentará la cuota mensual del monotributo. Este aumento se origina en el componente de la obra social, que pasa de $ 100 a $ 146.
A través de la Resolución General Nº 3533, la AFIP dispuso el aumento de la cuota mensual que deben abonar los monotributistas. Este aumento se origina en el componente de la obra social, que pasa de $ 100 mensuales a $ 146 para los titulares y pasa de $ 50 a $ 73 para los adherentes.
Sin embargo, la AFIP decidió mantener sin cambios el componente impositivo y previsional de cada categoría.


CATEGORIAS MONOTRIBUTO 2013

miércoles, 28 de agosto de 2013

Todo lo que hay que saber sobre los cambios en Ganancias y Asignaciones familiares

Sujetos alcanzados: Trabajadores registrados en relación de dependencia en el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones. Se trata de una nómina actual de poco más de 9,3 millones de personas. También incluye a jubilados y pensionados de las escalas superiores, que perciben menos de $15.000 brutos por mes. Beneficia a 1.497.368 empleados y pasivos con haberes

Salario neto: el ingreso de bolsillo de las escalas topes de $15.000 se elevará desde el 1 de septiembre a $12.450, ya que sólo se les descontarán los aportes al sistema de jubilaciones y pensiones, obra social y Pami, y en algunos casos el aporte a la filiación sindical.
Hasta $15.000 de ingreso bruto desde el 1 de septiembre: no se modifica el mínimo no imponible ($8.360 para solteros y $11.563 para los casados con dos hijos), pero se aplicará una nueva deducción especial que los deja plenamente exentos, sin diferenciación por estado civil y grupo familiar.
Entre $15.001 y $25.000: el mínimo no imponible de la remuneración mensual sube 20%. Quedará en $10.032 para solteros y $13.875,60 para casados con dos hijos. Para los asalariados que se encuentren en este grupo y trabajen en la Patagonia, se aplicará una suba adicional del 30 por ciento.

Quiénes quedan alcanzados. Con el nuevo régimen de deducciones especiales sólo pagarán Ganancias 10,2% del total de los empleados, unos 955.500 trabajadores, y 0,7% del total de los jubilados y pensionados, unos 40.000 beneficiarios.
Tratamiento diferencial. Se mantiene un régimen especial para los trabajadores de la Patagonia, cuyo costo de vida es más alto que para el resto de la nación, a los efectos de intentar igualar la capacidad de consumo. Beneficiará a 115.947 trabajadores. Pasarán a abonar el tributo sólo 110.217 empleados.
Representa casi 1% del consumo privado en el cuatrimestre
Incentivo al consumo. Con la suba del mínimo no imponible de Ganancias y la ampliación de los subsidios familiares se inyectarán al mercado en términos netos $4.495 millones. Representa casi 1% del consumo nacional privado en el cuatrimestre.
Esfuerzo compartido. Para compensar esa merma de ingresos al fisco, estimada en $4.495 millones, y "a propuesta de los empresarios", dijo Echegaray, se gravará con una alícuota del 15% la compraventa de acciones y títulos que no cotizan en Bolsa y se eliminará la exención que tienen los sujetos del exterior por la compraventa de acciones. Esto aporta un promedio de $697 millones anuales, puntualizó el titular de la AFIP. También se aplicará una alícuota de 10% a los dividendos que las empresas distribuyan a sus accionistas, lo que contribuye con otros $1.359 millones anuales.
Tema pendiente. El administrador federal de ingresos públicos no mencionó cómo seguirá el régimen de actualización de los mínimos no imponibles, para que no quede rápidamente absorbido por el proceso inflacionario y los acuerdos de subas salariales por tramos, a lo largo del año. 
Así como si se correrán las escalas vigentes de Ganancias de las personas físicas que parte de una base de 9% sobre una renta neta imponible de $10.000 más una alícuota de 14% sobre el excedente, hasta $20.000 de ingreso, hasta llegar a un tope de $28.500 más 35% sobre el excedente de 90.000 pesos.