La AFIP, mediante resolución general 3038, estableció los indicadores minimos laborales (ITM) para distintas actividades. El Indicador Mínimo de Trabajadores señala la cantidad de trabajadores requeridos por cada unidad de obra o servicio de que se trate según la actividad, de acuerdo a un período determinado.
I.INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION
Tipología: edificio de departamentos para vivienda multifamiliar.
Duración de la obra: conforme se determine en forma fehaciente; en defecto de este dato, la duración de la obra se estimará en DOS (2) años.
IMT: jornal por metro cuadrado terminado: TRES COMA VEINTE (3,20).
Remuneración a computar: promedio mensual de las remuneraciones básicas fijadas por el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 76/75 para las categorías de “ayudante” y “oficial” correspondientes a la Zona en que se encuentre la obra, con más un VEINTE POR CIENTO (20%) en concepto de “presentismo”, vigentes durante los períodos ajustados.