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martes, 26 de abril de 2011

¿Qué valor debe tener el automovil para encontrarme obligado a solicitar el CETA?

Debe solicitar el CETA para realizar las inscripciones registrales de vehículos automotores o motovehículos, usados, cuando el precio de transferencia o valor utilizado por la DNRNPAyCP para el cálculo de aranceles -vigente a la fecha de obtención del "CETA"- sea igual o superior a $30.000.



Fuente: AFIP - Art.18 RG 2729/09