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domingo, 29 de mayo de 2011

¿QUE ES EL RUTA?

Es el Registro Único de Transporte Automotor, el cual es obligatorio y con validez oficial por un año, renovable luego de transcurrido ese período de 12 meses. Este registro se presenta en forma de Tarjeta.


INSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
De todas las empresas y vehículos que efectúen transporte nacional (interjurisdiccional) e internacional de cargas.
CREDENCIAL DEL REGITRO ÚNICO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR - A MODO DE EJEMPLO
Artículos 6º y 7º de la Resolución Nº 74/02

BENEFICIOS
_ Descuento de tasas por transferencia de los vehículos del Registro Nacional de la Propiedad Automotor que acrediten su inscripción en el R.U.T.A.
_ Descuentos en peajes en rutas nacionales concesionadas, a favor de aquellas personas físicas o jurídicas que presten servicios de transportes de automotor a terceros, una rebaja del cien por ciento (100 %), y a favor de las personas físicas o jurídicas que realizan transporte de carga por automotor de carga propia, una rebaja del treinta por ciento (30%).
_ Reintegros de contribuciones patronales.

TRÁMITES QUE SE REALIZAN EN EL RUTA
_ Inscripciones de empresas y vehículos.
_ Altas y bajas de vehículos.
_ Reválidas de vehículos.
_ Reimpresiones de Tarjetas.
_ Modificación de datos de empresas y vehículos.

REQUISITOS
_ DNI del titular o apoderado.
_ Constancia de inscripción en la AFIP con código de actividad de transporte.
_ Nómina de personal (Ver Recuadros).
* Para evitar numerosos rechazos de expedientes por Formulario Nro. 5 se informa que para los trámites de ALTAS DE VEHÍCULOS, deben traer Nómina de personal completa conteniendo la misma:
NOMBRE Y APELLIDO DEL EMPLEADO
NÚMERO DE CUIL DEL EMPLEADO 
NÚMERO DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO EN EL CUAL ESTÁ INSCRIPTO EL EMPLEADO

* Se puede entregar la Nómina de empleados en CD, respetando este orden en una planilla Excel sin tipear signos, comas, guiones, etc

CUIT DE LA EMPRESA
CUIL DEL EMPLEADO
NOMBRE Y APELLIDO DEL EMPLEADO
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO
LICENCIA NACIONAL HABILITANTE (HIJOS)

_ Poder, certificado por escribano, si no es el titular quien realice la inscripción.
_ En caso de inscripciones de empresas debe presentar estatuto o contrato social de la empresa.
_ Dadores de carga, si la actividad es el transporte de cargas (Nombre de la empresa y número de CUIT).
_ Dirección de correo electrónico, INDISPENSABLE.
_ Título de propiedad del vehículo.
_ Póliza de seguro o certificado de cobertura emitido por la Compañía de Seguro con número de póliza, dominio, vigencia, sello con aclaración de firma y del cargo de la compañía (No se acepta por asesor ni productor) y USO (Comercial o de Transporte "NO se acepta USO PARTICULAR").
_ Último recibo de pago de póliza.
_ RTO (Revisión Técnica Obligatoria Nacional).
_ En los casos de empresas familiares (Sociedades de Hecho), unipersonales y sociedades, donde los conductores son los mismos titulares o integrantes de las sociedades se acredita el vínculo mediante Libreta de Matrimonio o Partida de Nacimiento y/o contrato social o estatuto donde figure la persona que se desempeñe como chofer en las sociedades (Adjuntar Licencia Nacional Habilitante de los choferes).
_ En caso de presentarse contrato, alquiler, locación, usufructo, etc, debe presentarse el mismo certificado por escribano y por el colegio de escribanos al cual pertenezca (Con copia del Estatuto o Contrato Social donde se acredite cargo, si una de las partes es representante legal de una sociedad, el acta o estatuto social, tres (3) copias por cada unidad, tres (3) copias de título, tres (3) copias de contrato por cada unidad y de los DNI de las partes, tres (3) copias por cada unidad ).
_ En caso de CONTRATOS DE COMODATO (SÓLO VÁLIDO PARA EMPRESAS FAMILIARES) deberá pedir el modelo especialmente diseñado, en el centro de recepción en el cual realizará el trámite, que será el único documento válido de tal tipo que se reconocerá. En el caso de estar vencidos deberá hacer uno nuevo.

_ Toda documentación debe presentarse en original y fotocopia (una).
_ En aquellos casos de vehículos adquiridos por contratos de Leasing se deberá presentar el mismo en original y fotocopia (una).

IMPORTANTE: UNA VEZ REALIZADO EL TRÁMITE SE ENTREGA UNA CONSTANCIA PROVISORIA CON UNA VALIDEZ DE SETENTA (70) DÍAS. POR LO CUAL DEBERÁ CONSULTAR CON TIEMPO POR EL CERTIFICADO DEFINITIVO.
CONSTANCIA TEMPORARIA DEL R.U.T.A. A MODO DE EJEMPLO
* En la Constancia de Iniciación de Trámite para el Transportista (individual o empresa) debe constar la cantidad de unidades habilitadas, por categoría (en letra y número) y la identificación de cada una. La misma servirá a su titular, por el plazo de validez, para realizar los trámites inherentes a su actividad, incluido el Registro Nacional de la Propiedad Automotor.
Aclárase la decisión adoptada en Acta 1/04 pto. 4.b. Inc.1, en el sentido que el Certificado que otorga el Ente Administrador, con firma de su representante y que acredita la inscripción de los vehículos en el RUTA, se sigue entregando, con las formalidades que establece la regulación pertinente, junto con la respectiva Tarjeta Electrónica y no en su reemplazo ni para acreditar su ausencia. Por lo tanto tiene la misma vigencia que ésta.
ACREDITACIÓN DEFINITIVA DEL R.U.T.A. A MODO DE EJEMPLO
La Tarjeta Electrónica RUTA debe ser portada por el chofer de la unidad, en tanto que el Certificado descripto en el párrafo anterior, sirve al transportista para realizar trámites administrativos o legales referidos al vehículo. A partir de la entrega de estos documentos, la Constancia de Iniciación de Trámite o provisoria, perderá su validez.