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domingo, 12 de junio de 2011

Disposiciones del Directorio RUTA - Recordatorio-

Algunos puntos importantes a tener en cuenta en cuanto a los trámites para el Registro Único de Transporte Automotor (RUTA) se pueden ver a continuación a modo de recordatorio y para que ayude a evitar algunas confusiones creadas.
 _ La única documentación que acredita la inscripción del Transportista y su parque automotor en el RUTA, es la TARJETA ELECTRONICA que el Estado provee.

_ En caso de ausencia o deterioro, será valido el Certificado de Inscripción definitiva, con Código de Barra.

_ En la iniciación del trámite y durante 70 días exclusivamente, será válida la Constancia de Iniciación de Trámite emitida electrónicamente con la carga de los datos en el sistema.

_ El Certificado de Reválida no es apto para circular, ni para acreditar acto administrativo alguno.