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viernes, 2 de agosto de 2013

Autonomos. Para determinar los ingresos brutos de los socios de Sociedades de Hecho ¿Debe calcularlos por su participación sobre el ingreso bruto de la sociedad o por lo que efectivamente reciben de la misma?



En el caso de socios de sociedades de hecho, se computa su participación en el resultado de la sociedad. Es decir lo que reciben de la sociedad, que es una figura distinta de ellos individualmente.