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jueves, 30 de agosto de 2018

Lluvia de intimaciones de ARBA a contribuyentes no inscriptos que vendían por internet

Mediante procedimientos de cruce y análisis de datos, fiscalizadores de ARBA detectaron que 13.450 usuarios de plataformas digitales de pago vendían productos y prestaban servicios en la provincia de Buenos Aires sin estar inscriptos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

miércoles, 12 de octubre de 2011

ARBA - Sistema Integral de Operativos y Descargas

A partir del 30/09/2011 los contribuyentes de los tributos provinciales a fin de consultar las citaciones, notificaciones, requerimientos y/o intimaciones de pago así como también formular el descargo contra pertinente deberan hacerlo a traves del "Sistema Integral de Operativos y Descargos”.
 

Esta aplicación se encuentra disponible en la página Web de ARBA (www.arba.gov.ar), a través de la solapa “Notificaciones, intimaciones y descargos”. 
 

Los contribuyentes y responsables podrán consultar las citaciones, notificaciones, requerimientos y/o intimaciones de pago que se les hubieran formulado y, en caso de corresponder, generar el descargo pertinente, remitiendo por la misma vía los datos que les sean requeridos.
Asimismo, podrán realizar una consulta histórica por sujeto u objeto involucrado en las citaciones, intimaciones, requerimientos y notificaciones cursadas. 
En caso de efectuar los descargos que correspondan, los contribuyentes y responsables interesados podrán remitir vía Web, los documentos adjuntos que se requieran, los cuales deberán encontrarse previamente comprimidos o“zippeados” (archivos de extensión “.zip”). 
 

En todos los casos, los interesados podrán imprimir un comprobante del descargo efectuado, para constancia. 
 
La Agencia de Recaudación podrá requerir del interesado la presentación de documentación adicional que estime corresponder, a fin de efectuar una correcta evaluación del descargo formulado, informando oportunamente los avances en la evaluación del caso, hasta su finalización. 
La denegatoria del descargo presentado, que se comunicará al presentante por las vías informáticas disponibles, será irrecurrible. 
Sin perjuicio de lo expuesto en el párrafo anterior, la presentación del descargo o su rechazo no podrán considerarse incompatibles con ulteriores presentaciones por escrito del interesado, ni con la sustanciación por esta Autoridad de procedimientos regulados por el Código Fiscal

viernes, 29 de julio de 2011

ARBA - Denuncia de venta automotores

ARBA,  a través de la Resolución Normativa Nº 35/2011 introdujo modificaciones en lo referente a las denuncias de venta que deben realizar los titulares que enajenan un vehículo automotor, sin realizar la respectiva transferencia ante el Registro del Automotor.
Se modificaron los pasos a seguir con el objetivo de  limitar su responsabilidad tributaria.

De acuerdo a la último modificación prevista en el Resolución normativa Nº 35 para realizar la denuncia de venta lo podrá hacer indistintamente en la Agencia de Recaudación ARBA ó ante el Registro Seccional de la Dirección de los registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios.
La denuncia de venta si es realizada por el vendedor y el comprador tiene efectos liberatorios.
Para realizar el trámite es necesario no tener deudas del impuesto a las patentes del vehículo objeto de la venta.
Debiendo adjuntar el boleto de compraventa con ambas firmas o la constancia de intimación fehaciente, por carta documento, efectuada al nuevo adquiriente, indicándole su calidad de nuevo responsable tributario y requiriéndole realice los correspondientes trámites de transferencia ante el respectivo registro del automotor.

miércoles, 27 de julio de 2011

El fisco porteño establece el alcance del alivio en Sellos para autos usados

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos porteña (AGIP) estableció el alcance de la exención en el Impuesto a los Sellos que alcanza a los contratos de transferencia de dominio de vehículos usados.

La medida se dio a conocer a través de la publicación de la resolución 392/11 publicada en el Boletín Oficial porteño. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.

La reglamentación establece que "se interpreta que los instrumentos y actos relativos a la transferencia de dominio de vehículos usados exentos del Impuesto de Sellos, se refieren a aquellos vehículos y situaciones que reúnan, en forma concurrente, los siguientes requisitos:

  • Que se trate de camiones o vehículos del tipo adecuado para el transporte de carga o el transporte colectivo de pasajeros.
  • Que los nuevos titulares de dominio los destinen a dichas actividades y se encuentren inscriptos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en cualquiera de sus categorías, habiendo declarado alguna de las mencionadas actividades en la jurisdicción Capital Federal.
  • En los casos en que las normas vigentes no determinen la obligación de la mencionada inscripción, se exigirán constancias de la declaración de la actividad aludida, ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
  • Que la transferencia de dominio mantenga la radicación del vehículo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

De esta manera, el organismo a cargo de Carlos Walter, refuerza la lucha contra la evasión en el Impuesto de Sellos.

miércoles, 8 de junio de 2011

Arba - Patentes - Cambio de radicacion del vehiculo - Baja impositiva -

A partir del 01 de febrero de 2011 las bajas por cambio de radicación deberán realizarse en los Registros Seccionales de la Dirección General de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios (RNPAyCP) sitos en la Ciudad de Buenos Aires y/o en los Centros de Gestión y Participación Comunal del GCABA.

Al momento de realizar la transferencia el Registro previo cobrara las patentes adeudadas, de existir.