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martes, 26 de abril de 2011

Autonomos - ¿Cuánto debo abonar a partir del período devengado marzo de 2011?

- Categoría I. Aporte mensual de 227 pesos:

o Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros con ingresos anuales hasta $20 mil.

Comerciantes con ingresos anuales hasta 25.000 pesos.

Aquellos que adhieran voluntariamente al sistema previsional (religiosos, directivos de cooperativas que no perciben retribución, amas de casa, profesionales o personas que aportan a cajas especiales, titulares de condominios sin tareas de dirección).

- Categoría II. Aporte mensual de 318 pesos:

- Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros que superen como ingresos anuales los 20.000 pesos.

- Comerciantes con ingresos anuales superiores a 25.000 pesos.

- Categoría III. Aporte mensual de 455 pesos:

- Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo, con ingresos anuales inferiores o iguales a 15.000 pesos.

- Categoría IV. Aporte mensual de 728 pesos:

Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos entre $15.001 y $30.000, inclusive.

- Categoría V. Aporte mensual de 1.002 pesos:

Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos superiores a los 30.000 pesos.