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viernes, 6 de mayo de 2011

¿En qué consiste el beneficio otorgado a los contribuyentes que se encuentran en estado de emergencia agropecuaria ?

Consiste en el establecimiento de exenciones en determinados impuestos (Ganancias, Ganancia Minima Presunta, Intereses Pagados) , recursos de la seguridad social y Monotributo a aquellos sujetos que desarrollen su principal actividad industrial, comercial, agropecuaria, forestal y/o de servicios en zonas declaradas de desastre en el marco de la Ley N° 24.959.


Lo dispuesto precedentemente comprende a la totalidad de las obligaciones correspondientes a los ejercicios fiscales afectados por el período de desastre.


Fuente: Dto Nº 1386/01