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martes, 24 de mayo de 2011

Monotributo – Comienzan los Vencimientos para Presentar la Declaración Jurada Informativa Cuatrimestral.

Ofrecemos un breve recordatorio y recorrido por la normativa aplicable a este régimen dispuesto por al RG 2880/10.


El vencimiento para la presentación de la declaración jurada en cuestión correspondiente al primer cuatrimestre del año 2011 (período enero/11 a abril/11) opera de acuerdo a la terminación de CUIT en las fechas que a continuación mencionamos:

CUIT 0-1: 24/05/2011
CUIT 2-3: 26/05/2011
CUIT 4-5: 27/05/2011
CUIT 6-7: 30/05/2011
CUIT 8-9: 31/05/2011

La información se encuentra referida a datos de la actividad económica de cada cuatrimestre calendario y deberá ser presentada por los pequeños contribuyentes que, a la finalización del mismo revistan las siguientes condiciones:

a) se hallen encuadrados en la Categoría F, G, H, I, J, K o L, ó

b) revistan la calidad de empleadores cumplan o no la condición señalada en el inciso a).

¿Hasta cuando existe la obligación de cumplir con esta presentación?

Cuando el pequeño contribuyente dejara de cumplir la condición que lo sujetó al presente régimen, la obligación de presentar esta DDJJ subsistirá por 6 cuatrimestres calendarios contados a partir de la finalización del último cuatrimestre informado.

¿Qué datos se deben informar?

La información a suministrar, respecto de cada cuatrimestre calendario, podemos resumirlas de la siguiente manera:

a) Documentación que respalda las operaciones efectuadas durante el cuatrimestre (forma de emisión, nº de la primera y última factura, monto de las operaciones del período).

b) Proveedores (CUIT de los 5 principales proveedores en función al monto de las operaciones, monto de compras a dichos proveedores, cantidad de facturas o documentos equivalentes emitidos por el proveedor)

c) Clientes (CUIT de los 5 principales clientes en función al monto de las operaciones, monto de compras a dichos clientes, cantidad de facturas o documentos equivalentes emitidos a dichos clientes)

d) Local o establecimiento en el que se desarrolla la actividad (indicación si es propietario o inquilino, o si la actividad se desarrolla sin local o establecimiento fijo. En caso que la condición sea la de inquilino informar CUIT, CUIL o CDI del propietario del inmueble, monto de los alquileres devengados, fecha de inicio y fin del contrato, número de partida y de inscripción dominial).

e) Energía eléctrica (números de las facturas vencidas en el cuatrimestre, CUIT del la empresa proveedora, KW consumidos en el cuatrimestre, CUIT del titular del servicio.)

Profesionales:

-Fecha de la primera matriculación —en caso de que tuviera más de una— o, de no estar matriculado, fecha de expedición del título profesional.

-CUIT del Consejo o Colegio Profesional en el que se encuentre matriculado.

Transportistas:

-Condición de titular del vehículo u otra.

-Monto que se abona en concepto de alquiler, de corresponder.

-CUIT de la compañía aseguradora del vehículo, monto de la prima de seguro y número de póliza.

-Dominio del vehículo.

¿Cómo debe realizarse la presentación?

Se formalizará mediante transferencia electrónica de datos, a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar), ingresando al servicio con Clave Fiscal "Sistema Registral", opción "Declaración de Monotributo Informativa". Una vez que se completa la información requerida por el sistema, se acepta el envío de la información y de resultar aceptada la transmisión, el sistema emitirá una constancia de la presentación efectuada.

¿Cuáles son las consecuencias ante el incumplimiento?

Se aplicarán las sanciones previstas en la Ley 11.683 y se le imposibilitará al contribuyente la obtención de constancias de situación impositiva y/o previsional, entre otras.