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jueves, 6 de octubre de 2016

Monotributistas. Impuesto a los debitos y creditos bancarios.

El próximo 20 de septiembre vence el plazo para inscribirse en el “Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias,” a los fines del usufructo de los beneficios de exención y/o reducción de la alícuota del Impuesto.

Mediante la  Resolución General 3900, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), estableció un nuevo procedimiento para que los monotributistas, las fundaciones y otros contribuyentes paguen la tasa reducida del Impuesto sobre los débitos y créditos bancarios. También, comprende a los que están exentos para que puedan mantener el beneficio.

La tasa general del impuesto sobre los depósitos y los retiros, es del 0,6%. Pero la alícuota se reduce al 0,25% para los monotributistas y los que se encuentran exentos simultáneamente en el IVA y Ganancias, como por ejemplo las fundaciones. Hasta ahora, estos contribuyentes, para conseguir la reducción o eliminación del impuesto debían presentar una nota en el banco. Ahora, se debe realizar la inscripción en un registro, para acceder y mantener el beneficio.

Como realizar la solicitud
La solicitud de inscripción en el “Registro” se efectuará a través del sitio “web” de esta Administración Federal (http://www.afip.gob.ar), ingresando al servicio “Registro Beneficios Imp. s/Créditos y Débitos” para lo cual deberá contarse con “Clave Fiscal” habilitada con Nivel de Seguridad 3 

Monotributistas: recuerden tramitar el beneficio de reducción del impuesto al débito
La inscripción será hasta el 20 de setiembre de 2016, y dentro de los 5 días corridos posteriores a dicha fecha, la procederá a la inscripción correspondiente en el “Registro” o, en su caso, al rechazo de la solicitud.

El incumplimiento a lo señalado en el párrafo anterior implicará que el agente de liquidación y percepción, a partir del 1 de octubre de 2016, aplique la alícuota general del impuesto respecto de las operaciones alcanzadas por el mismo, realizadas en las cuentas bancarias no inscriptas en el “Registro”.