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martes, 14 de agosto de 2018

AFIP tendrá en cuenta la capacidad económica para el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER).

La AFIP creó el Sistema de Capacidad Económica Financiera (Sistema CEF), que se tendrá en cuenta para caracterizar a los contribuyentes en el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER).
La medida fue oficializada hoy con la publicación en el Boletín Oficial de la RG 4294.
Como si no fuera poco con los ya actuales análisis “sistémicos” de la AFIP, ahora se suma a las variables a considerar por el SIPER, un nuevo parámetro, llamdo Sistema de Capacidad Económica Financiera (Sistema CEF),  el cual tendrá en cuenta los datos brindados por el propio contribuyente y por terceros con relación a su condición y actividad económica, patrimonial y financiera, y calculará mensualmente una valoración de la Capacidad Económica Financiera de cada contribuyente, como parámetro representativo de la capacidad para realizar ciertos actos económicos.

Parámetros que se tendrán en cuenta

Los parámetros que se considerarán a efectos de la valoración serán, entre otros:
a) Declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias, a la ganancia mínima presunta, al valor agregado y sobre los bienes personales.
b) Hipotecas.
c) Compra o venta de inmuebles.
d) Compra o venta de Rodados.
e) Compra de bienes de uso.
f) Remuneraciones abonadas al personal en relación de dependencia o recibidas, según corresponda.
g) Consumos con tarjetas de crédito o de débito.
h) Pago de expensas.
i) Deudas bancarias y financieras.

Cómo ingresar al Sistema CEF

Los contribuyentes podrán ingresar al CEF en la página  web de la AFIP, accediendo con clave fiscal, dentro del Sistema Registral, para consultar la valoración asignada.
Además, el contribuyente podrá solicitar su reproceso a través del servicio Sistema Registral, opción “Solicitud de Reproceso”, y la AFIP realizará un nuevo proceso con la información actualizada presentada por el mismo dentro de los 5 días corridos.
También se podrá manifestar la disconformidad a través de la opción “Solicitud de Disconformidad”, con la posterior presentación de una multinota en la dependencia correspondiente, acompañada de los elementos que avalen el reclamo efectuado por sistema, justifiquen el incremento de su capacidad económica financiera y acrediten el origen de los elementos que configuran dicha suba.

Vigencia

Las presentes disposiciones resultarán de aplicación a partir del 26/9/2018.