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martes, 14 de agosto de 2018

Elevan los montos para ser considerado Pyme

Se actualizan los límites totales de ventas anuales para ser consideradas Micro, pequeñas y medianas empresas.

La Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa (Sepyme) del Ministerio de Producción de la Nación, elevó nuevamente los topes de facturación que deben usarse para considerar a una empresa como micro, pequeña o mediana.
Se oficializó hoy a través de la resolución 519/2018 publicada hoy en el Boletín Oficial. La última actualización tuvo lugar en mayo, con la resolución 154, y ahora los montos se elevaron entre 25 y 26 por ciento, según surge del anexo que integra el documento oficial.
Los valores máximos de las ventas totales anuales para ser consideradas micro, pequeñas y medianas empresas, son los siguientes:

A. Límites de ventas totales anuales expresados en pesos ($)

CategoríaActividad
ConstrucciónServiciosComercioIndustria y mineríaAgropecuario
Micro7.400.0005.800.00019.800.00016.800.0004.800.000
Pequeña47.300.00034.600.000119.200.000102.200.00030.000.000
Mediana Tramo 1378.900.000289.000.0001.001.800.000829.900.000228.900.000
Mediana Tramo 2568.300.000412.800.0001.431.200.0001.212.800.000363.100.000
El límite para el personal ocupado para cada sector, en tanto, permanece sin cambios, conforme el siguiente cuadro:

B. Límites de personal ocupado

CategoríaActividad
ConstrucciónServiciosComercioIndustria y mineríaAgropecuario
Micro1277155
Pequeña4530356010
Mediana Tramo 12001651252355
Mediana Tramo 2590535345655215
No se modifica la cantidad de personal ocupado ni el límite de activos de $ 100.000.000 para aquellas empresas que tengan como actividad principal la intermediación financiera y servicios de seguro, o servicios inmobiliarios.
Empresas cuya actvidad principal registrada en AFIP sea alguna de las estipuladas en ANEXO II
Límite100.000.000
Por último, se incluye dentro del sector de industria y minería a determinados servicios de transporte y almacenamiento, y se eliminan como actividad alcanzada por el límite de activos de $ 100.000.000 los servicios de sociedades de cartera.

Vigencia

Desde el 14 de agosto de 2018.
Mas información: Resolución 519/18