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martes, 16 de septiembre de 2014

El seguro de riesgos del trabajo del servicio doméstico costará entre 130 y 230 pesos

 El seguro de riesgos laborales para las personas que trabajan en el servicio doméstico tendrá un costo mensual para los empleadores de entre 130 y 230 pesos, según la cantidad de horas en que desarrollan las tareas. Así lo establece una resolución dictada en forma conjunta por las superintendencias de Seguros y de Riesgos del Trabajo, publicada ayer en el Boletín Oficial.
Las nuevas coberturas estarán vigentes desde el 3 de noviembre próximo, por lo que los empleadores tendrán tiempo hasta esa fecha para firmar un contrato con una aseguradora de riesgos del trabajo, según confirmó la presidenta de la Unión de ART, Mara Bettiol.
El precio será el mismo, cualquiera sea la compañía elegida. Habrá que pagar $ 130 si la persona trabaja en la casa hasta 12 horas semanales (la regulación no fija un mínimo de horas, sino que la obligación rige en todos los casos, y si una persona tiene más de un empleador, cada uno deberá pagar su seguro); $ 165 si la jornada semanal es de entre 12 y 16 horas, y $ 230 si las tareas tienen una duración mayor a las 16 horas.
Así, el pago total de aportes y contribuciones, en el caso de que se sumen 16 o más horas semanales de trabajo (hasta ahora de $ 135), pasará a ser de $ 498. En el monto vigente hasta ahora se incluyen $ 100 para la obra social y $ 35 para el sistema de jubilaciones, pero desde las obligaciones correspondientes a este mes (con vencimiento en octubre) se eleva a $ 233 el monto a abonar por la cobertura de salud. El pago, igual que hasta ahora, deberá hacerse en el sistema de la AFIP.
Según los resultados de la encuesta de gastos de los hogares hecha por el Indec en 2013, hay cerca de 1,2 millones de trabajadoras en casas de familia. Sin embargo, menos del 20%, unas 220.000, contaban con aportes a la seguridad social.
Los derechos a los que accederán las trabajadoras en blanco para las que se contrate la cobertura de una ART serán los mismos con los que cuentan los empleados que están bajo relación de dependencia en una empresa. Así, cuando se produce un accidente, ya sea en el espacio de trabajo o en el camino hacia o desde ese lugar, la aseguradora deberá brindar la atención médica y hacerse cargo de la rehabilitación. También deberá asumir los tratamientos por enfermedades que se hayan contraído a causa del trabajo, y pagar indemnizaciones en los casos de incapacidad o muerte derivada de un accidente del trabajo.
La obligación de contratar la cobertura del seguro fue dispuesta por la ley 26.844, en vigor desde el año pasado. Esa norma equipara una serie de derechos de las trabajadoras de casas de familia a los de los empleados regidos por la ley de contrato de trabajo. Dispone, por ejemplo, la obligación de abonar el medio aguinaldo en junio y diciembre de cada año, y un período de vacaciones pagas de 14 días como mínimo, al cumplirse los seis meses de antigüedad. Además, fija la indemnización por despido en un salario mensual por cada año trabajado o fracción mayor a tres meses.
El sistema de riesgos del trabajo tiene hoy 8,9 millones de empleados cubiertos, con un precio promedio que ronda los $ 300 por mes. Una diferencia que implica la incorporación de este nuevo grupo de asegurados, según dijo Bettiol, es la atomización de la cobertura y la contratación unitaria, algo que exigirá "una adecuación administrativa y de atención, que significan un gran desafío para el sector"

miércoles, 21 de mayo de 2014

Como pagar menos impuesto a las Ganancias

El impuesto a las Ganancias le quita el sueño a más de un asalariado. La maldita  Cuarta Categoría, aquella en la que se encuentran todos los empleados en relación de dependencia, constituye un costo muy alto para la clase media, que ve como merma su sueldo de bolsillo debido a las retenciones en el sueldo que nos aplica la odiada AFIP.

En este sentido, es muy importante para el Empleado en relación de Dependencia aprovechar lo poco que nos ofrece la Ley del Impuesto a las Ganancias para intentar reducir la  presión  fiscal que nos impone Ganancias 2013.

Como pagar menos impuesto a las Ganancias

De acuerdo a la Guia de Cuarta Categoría del Impuesto a las Ganancias,existen una serie de deducciones al impuesto que debemos aprovechar con todo para pagar menos Ganancias en 2012. Las deducciones en cuestion son las siguientes:
  • Deducciones Personales: los familiares permitidos son: Conyuge (no concubina), Padres, Abuelos y Suegros. También Hijos, Hijastros, Hermanos, Nueras, Yernos, Nietos y Bisnietos, todos ellos menores de 24años, o mayores incapacitados para trabajar. El requisito, ademas de acreditar el vinculo, es que ellos no tengan ingresos mayores a 12.960 pesos en el año (por esta razon, los jubilados quedan afuera).
  • Medicina Prepaga: se puede descontar lo que se abona de prepaga y servicios de ambulancia, para el empleado y sus familiares. La factura debe estar a nombre del alcanzado por el impuesto.
  • Seguro de Vida: no solo los pagos de los seguros voluntarios, sino tambien aquellos pagados, por ejemplo, por la compra de un electrodomestico en cuotas, al sacar un préstamo personal o por el descubierto bancario. El tope es de 996,23 pesos anuales.
  • Donaciones: a entidades reconocidas como exentas a la AFIP. El importe anual permitido es de 2.400 pesos.
  • Servicio Domestico: se deduce lo pagado de sueldo y cargas sociales (F.102) durante todo el año hasta un tope de 12.960 pesos.
  • Intereses de la Hipoteca: para créditos otorgados a partir de enero de 2001. La ley no exige que sea de único inmueble, con un tope de 20.000 pesos al año.
  • Gastos de Sepelio: servicios funerarios del titular del impuesto o de alguna de las personas detalladas en sus cargas de familia pueden deducirse con un tope anual de $996,23.
  • Gastos de Movilidad: en el caso de corredores, despachantes de aduana o viajantes de comercio podrán deducir los gastos de movidad, viáticos y representación, las amortizaciones impositivas de vehículos utilizados para este fin y los intereses de las deudas contraídas para comprar los mismos.
  • Impuesto al Cheque: se informa con una nota, no dentro del F.572. Corresponde al 34% del impuesto anual retenido por los depositos bancarios.
En fin. Hay que aprovechar todos los medios al alcance para pagar menos impuestos. Obviamente, siempre dentro de la ley. Para dormir tranquilo.