Se aplicará el
5% del total de aportes adeudados, cuando no regularice su situación
dentro del plazo indicado en la intimación de pago que le efectúe AFIP.
Se aplicará el 20% del importe de los aportes adeudados, si el trabajador autónomo no se inscribe dentro del plazo establecido en la intimación, que a tal efecto, le formule AFIP